Esta información no es solo relativa a la situación financiera, también incluye un organigrama con todas las personas que forman parte de su estructura. Además se deben incluir todos los datos referentes a actividades que se están llevando a cabo y las dudas que los ciudadanos remitan a los diferentes organismos del Estado.
Otras referencias que deberán aparecer son las subvenciones que cada órgano de la administración reciba, junto a los sueldos de los altos cargos y máximos responsables de las entidades. Los políticos que cuenten con diferentes puestos en la administración deberán, además, publicar sus declaraciones de bienes y actividades.
Para la publicación de toda esta información se creará un Portal de Transparencia, que incluirá la información más solicitada por los ciudadanos y la que las Administraciones públicas quieran proporcionar. A él podrán acceder todos los ciudadanos, previa petición.
Pero la publicación de datos puede entrar en conflicto con la Ley de Protección de Datos. Por ello no se publicará ninguna referencia personal, ni ninguna información que atente contra la seguridad de la persona mencionada.
Para que un ciudadano pueda acceder a los datos, deberá seguir un proceso burocrático, que puede ser aceptado o rechazado dependiendo de una serie de causas. El plazo máximo para dar esta contestación, será de un mes. Si el demandante no recibe respuesta, se sobreentenderá que la petición ha sido rechazada. Si éste no está de acuerdo, puede recurrir ante la justicia esta decisión.
Además se han establecido unos castigos determinados para una serie de infracciones concretas. Por ejemplo, se considera como infracción muy grave “la inserción en alcance o malversación en la Administración con fondos públicos” y como leve “la incorrección con los superiores, compañeros o subordinados”. Tanto los castigos, como la prescripción de las infracciones dependen de la gravedad de los mismos, variando en el caso de los castigos, desde la destitución o inhabilitación hasta las amonestaciones. En el caso de las prescripciones de dichas amonestaciones, será de cinco años en el caso de las muy graves, tres años en el de las graves, y uno en el de las leves.
La opinión de los expertos
Infoactualidad ha escuchado la comparecencia de Manuel Sánchez de Diego y Fernández de la Riva, experto en Derecho Internacional, sobre el proyecto de Ley de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, realizado en la Comisión Constitucional en el Congreso de los Diputados.
Para Sánchez de Diego esta ley “no reúne los requisitos para ser una buena ley de acceso a la información y de transparencia”, por ello es necesaria una profunda modificación de la misma. “Si no se cambia la ley no se lograrán los objetivos marcados en la propia ley, ni los marcados por la vicepresidenta del Gobierno en comparecencia en rueda de prensa”.
Algunos de estos objetivos son, para el profesor Sánchez de Diego: la creación de una sociedad crítica, exigente y participativa; la ayuda, de forma completa, al crecimiento económico y el desarrollo social; la regeneración democrática y el cumplimiento de los acuerdos internacionales adquiridos en materia de transparencia. Además del objetivo esencial que promulgó la vicepresidenta: “la recuperación de la confianza y la credibilidad de los ciudadanos”.
Manuel Sánchez de Diego entiende esta ley como un derecho fundamental y por ello no debe limitarse a la administración pública, sino que debe afectar también a todos los poderes del estado, ya sean instituciones públicas o privadas financiadas con dinero público.
Esta ley debe ser una ley orgánica que englobe un derecho fundamental que aúne todas las leyes y normas sobre libertad de información y acceso a la misma. “Los derechos fundamentales no son un catálogo cerrado, se pueden añadir nuevos”.
En resumen, esta ley es necesaria pues las libertades informativas buscan una opinión pública libre y una la opinión pública libre es esencial en un sistema democrático, por ello “es necesario que los ciudadanos accedan directamente y sin cortapisas a la información que se encuentra en poder de los poderes públicos.”
Otra experta en la materia es la profesora de derecho Pilar Cousido González, que lleva trabajando desde el año 2006 de forma activa por la transparencia con el Grupo de Investigación UCM llamado “Transparencia, Buena Gobernanza y Comunicación”. Ha sido esta condición de experta la que le ha permitido acudir a todas las sesiones de trabajo en las que ha defendido las líneas a las que, desde su punto de vista, debería ajustarse a ley.
Según la profesora, “la novedad por excelencia es que nunca hemos tenido una legislación respecto a este tema y, si ésta llega a aprobarse, definitivamente, tendremos una ley sobre transparencia”. Cousido señala que en comparación con las normas de otros países, tal y como ha sido redactada, la ley española no se ajusta a los mínimos exigibles en una ley de transparencia.
“Creo que el problema de esta norma es que el Gobierno no quiere aprobarla y está siendo tan restrictivo en su visión de la transparencia que la jurisdicción debería denominarse Ley de Opacidad Legalizada”, ha señalado la profesora. Algunos de los problemas que destaca son: el rango normativo de la ley, el período de vacatio legis previsto y la falta de sanciones e infracciones tipificadas que hagan efectivo el cumplimiento de las obligaciones de transparencia.
“La Ley es necesaria, pero para lograr una Ley de Transparencia justa, se precisa un órgano encargado de hacerla efectiva desde el primer día de su entrada en vigor. Me parece que redactada y aplicada justamente reduciría, primero, y evitaría, después, el espectáculo vergonzoso de corrupción al que asistimos sin que nadie reaccione en ningún sentido”, ha afirmado. Además Cousido ha señalado que esta Ley debería aplicarse a todas las instituciones públicas incluyendo la Corona, que debería adelantarse y solicitar su inclusión en el documento. “En las actuales circunstancias, se trataría de un gesto estratégico que beneficiaría a Don Felipe” ha remarcado.
En general, la profesora destaca que esta normativa es una gran desconocida para muchos, porque quieren serlo o porque no son conscientes de que les falta información. En el caso de los ciudadanos señala que en su mayoría no están interesados, ni en esta, ni en otras leyes, viviendo con indiferencia y escepticismo los pasos que da el Gobierno. Y los medios hablan de forma superficial de esta ley y la aplauden solo por su denominación, sin profundizar en su contenido. “Esta ley sólo tiene ventajas para los periodistas. Potencia la facultad de investigar de los informadores. Legitima el mensaje que recibe el público”, ha señalado.
En definitiva, para la profesora Pilar Cousido es una “ley confusa y que busca confundir. No me gusta que se rían intelectualmente de mí”.