La primera sentencia sobre el caso Volkswagen que se da en España se emite a favor de la empresa, Volkswagen-Audi España. La resolución del juez niega anular la venta de un vehículo de marca Volkswagen Tiguan, por parte de un comprador en mayo de 2012. El dictamen fue emitido por un juzgado de primera instancia en Cantabria, en el municipio de Torrelavega. En la demanda, el comprador manifestaba que había adquirido un automóvil con el motor trucado, que reducía las emisiones de gases contaminantes. Además, pidió revisar el contrato y que le devolvieran los 34.542 euros que le había costado el vehículo.
El juez Pablo Fernández de la Vega argumenta en el dictamen, que puede recurrirse, que el automóvil es apto para su circulación y que el propietario del Volkswagen “no ha probado que sea una persona con especial preocupación por el medio ambiente”. También ha condenado al demandante a pagar los costes del juicio.
La demanda se puso en contra de Volkswagen-Audi España y del concesionario oficial, Parte Automóviles. Sin embargo, el juez ha eximido de las culpas a ambas partes, alegando que el concesionario no tenía conocimiento de que el vehículo tenía un software malintencionado”. Asimismo, la empresa “no es ni la vendedora ni la fabricante” del coche, sino que el trabajo de Volkswagen-Audi España se limita a la importación y distribución de turismos.
El caso Volkswagen empezó el 18 de septiembre de 2015, cuando la Agencia de Protección Medioambiental de Estados Unidos, (EPA), descubrió que los motores de estos coches, de dicha marca, tenían trucadas las pruebas de emisiones.
Los comentarios están sujetos a moderación, por lo que pueden tardar un poco en publicarse o rechazarse.