Según Alicia Martín, presidenta del Colegio Oficial de Licenciados de E.F. y Ciencias de la Actividad Física y el Deporte en Madrid (COPLEF), el objetivo principal de la ley es ordenar y regular los aspectos esenciales del ejercicio físico de determinadas profesiones del deporte, reconocer cuáles son éstas, determinar las cualificaciones y titulaciones necesarias para ejercerlas y atribuir a cada profesión el ámbito funcional específico que le corresponde.
De este modo, el Proyecto de Ley busca regular las siguientes profesiones: monitor deportivo, entrenador deportivo, preparador físico, director deportivo y profesor de Educación Física; puesto que considera que el mal ejercicio de esas actividades puede ocasionar graves consecuencias en la salud de los clientes.
Para ejercer de monitor deportivo, el documento requiere el título de Técnico Superior en Animación de Actividades Físicas y Deportivas o el grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (CAFD). Por otro lado, los entrenadores necesitarán la titulación de Técnico Deportivo Superior de la modalidad y especialidad deportiva correspondiente o el grado en CAFD, mientras que preparadores físicos y directores deportivos solo podrán trabajar con titulación universitaria (CAFD), y los profesores de Educación Física cumplirán con la titulación que exija la normativa.