El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el cobro del euro por receta, que implicó un beneficio de casi cincuenta millones de euros a la Generalitat y que estaba vigente desde el 23 de junio de 2012. Con la devolución de esta tasa se repartirán cerca de 35 euros por persona.
El recurso de inconstitucionalidad presentado por el PSOE ante la supresión de sueldos de los parlamentarios de Castilla-La Mancha ha sido desestimado por el Tribunal Constitucional. El fallo dice que las retribuciones de los diputados no poseen relevancia constitucional.
El Consejo de Estado analizó el pasado 17 de enero la medida del euro por receta implantado en Madrid, cuyo dictamen ha estado esperando el Gobierno para recurrir su inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional. Esta misma semana este órgano admitía a trámite el recurso interpuesto por el Estado y el euro por receta ha quedado anulado.
Evidentemente, esta respuesta del Consejo de Estado, no supuso en ningún momento dudas acerca de su aprobación, ya que el Tribunal Constitucional dio la inconstitucionalidad de la medida en Cataluña, por lo que, en principio, no habría ningún factor para que la respuesta fuera negativa en el caso de la Comunidad de Madrid.
El día 6 de Noviembre el Tribunal Constitucional avaló el matrimonio entre personas del mismo sexo, rechazando así el recurso presentado por el Partido Popular hace 7 años. Con esto los matrimonios entre homosexuales tienen el mismo valor legal que el de los heterosexuales.
En 2005, el gobierno del PSOE reformó el Código Civil para permitir que las personas del mismo sexo contrajeran matrimonio y tuvieran hijos con los mismos derechos y deberes que los heterosexuales. Esta reforma modificó 16 artículos sustituyendo los términos “marido” y “mujer” por “cónyuges” y las palabras “padre” y “madre” por “progenitores”. En esta renovación se amplió también, el artículo 44 con la afirmación de que “el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o diferente sexo”.