El TC ha admitido los recursos presentados por PP, Ciudadanos y PSC y los llevará a trámite. Sin embargo, no ha aceptado la medida cautelar solicitada por los dos primeros partidos para evitar que se celebrase el pleno del Parlamento de Cataluña el 9 de noviembre. En dicha sesión, se pretende debatir y votar la resolución independentista presentada por la CUP y Junts pel Sí. Esta medida cautelar no ha sido solicitada por el PSC al considerar que no era viable.
En el recurso que el Constitucional ha admitido a trámite se manifiesta la vulneración del artículo 23 de la Constitución que trata sobre el acceso y participación de los ciudadanos a los cargos y funciones públicas. Los tres partidos solicitan amparo político ante los diputados afectados por esta iniciativa. La propuesta intenta poner de manifiesto la vulneración del derecho a la participación política.
En el recurso rechazado de suspender la celebración del pleno del Parlamento Catalán existe un precedente en el año 2004. Entonces, el TC rechazó un recurso del Gobierno ante el Plan Ibarretxe. La propuesta del entonces lehendakari formulaba una reforma del Estatuto vasco. El motivo de rechazo al recurso del Ejecutivo consistía en que contravenía el principio democrático.
Por su parte, el Gobierno, aunque no pueda evitar el pleno, tiene intención de impugnar la resolución que se apruebe en el Parlamento Catalán el 9 de noviembre. En este caso se suspenderá, ya que cuando es el Ejecutivo el que impugna, la anulación es automática una vez que se ha admitido a trámite.